Planificación tributaria
Estudio comparativo entre Simples, Presumido y Real para que dejes de pagar impuestos de más.
Qué incluye
- Simulación de los tres regímenes con tus propios números
- Revisión del código de actividad (CNAE) y del Fator R
- Recuperación de tributos pagados en exceso
- Revisión anual del encuadre
¿Necesitas algo que no está en la lista? Lo presupuestamos aparte y solo lo ejecutamos tras tu aprobación por escrito: nunca aparece una sorpresa en la factura.
Planificación tributaria es comparar, con tus números reales, cuánto pagaría la empresa en cada régimen — y elegir el menor de forma lícita. No es una maniobra: es usar la norma que ya existe a favor de quien tiene derecho a usarla.
La cuenta cambia con tres cosas: cuánto facturas, cuánto sale en nómina y pró-labore, y cuánto crédito permite la actividad. Dos empresas con la misma facturación y actividades distintas pueden tener diferencias de dos dígitos porcentuales en el impuesto.
El estudio tiene su momento. La opción por el Simples vale para todo el año y, para 2027, debe solicitarse hasta el 15 de octubre de 2026; la elección entre Presumido y Real se define en el primer pago del año. Quien pierde la ventana paga la diferencia durante doce meses.
1. Levantar el retrato real
Facturación de los últimos doce meses mes a mes, nómina, pró-labore, compras con derecho a crédito y el reparto por actividad. Sin ese retrato, cualquier simulación es una suposición con aspecto de hoja de cálculo.
2. Simular los tres regímenes
Simples Nacional, Lucro Presumido y Lucro Real, con el mismo conjunto de números. En el Simples se prueba el anexo aplicable y, cuando corresponde, el efecto del Fator R — que puede mover la empresa del Anexo V al III y cambiar la alícuota del 15,5% al 6% en el primer tramo.
3. Probar el pró-labore
El pró-labore entra en la cuenta del Fator R y, al mismo tiempo, genera INSS e IRRF en la persona física. Existe un punto en que aumentarlo reduce el impuesto total, y otro a partir del cual pasa a aumentarlo. Encontrar ese punto es buena parte del trabajo.
4. Mirar lo que viene
La reforma tributaria trae una elección nueva para quien está en el Simples: mantener IBS y CBS dentro del DAS o pagarlos por fuera, por las reglas generales. Lo que decide no es el importe del impuesto, es quién te compra — y la opción es semestral: una vez que entra en vigor, no se puede deshacer hasta que termine el semestre.
5. Entregar la recomendación con la cuenta a la vista
El resultado es un comparativo con los números lado a lado, la recomendación, lo que hay que hacer para ejecutarla y el plazo de cada paso. Una recomendación sin la cuenta detrás es una opinión.
O que você precisa ter em mãos
- Facturación mes a mes de los últimos 12 meses
- Nómina y pró-labore actuales
- CNAE ejercidos de hecho, no solo los registrados
- Principales gastos y compras de la operación
- Perfil de los clientes: persona física o empresa
Perguntas frequentes
- ¿La planificación tributaria es legal?
- Lo es. Elegir, entre caminos previstos en la ley, el de menor carga es derecho de cualquier contribuyente. Es distinto de la evasión, que consiste en omitir o falsear el hecho imponible, y es delito. Todo lo que recomendamos se sostiene en documentos.
- ¿Cuál es la mejor época para hacer el estudio?
- En el segundo semestre, antes de que cierren las ventanas de opción. Para 2027, la solicitud de ingreso al Simples va hasta el 15 de octubre de 2026, y la opción de pagar IBS y CBS fuera del DAS, hasta el 30 de octubre. La elección entre Presumido y Real se define en el primer pago del año. Un estudio hecho después de las ventanas solo vale para el periodo siguiente.
- ¿Qué es el Fator R y por qué aparece siempre?
- Es la razón entre la nómina (incluido el pró-labore) y la facturación de los últimos doce meses. Al llegar al 28%, varias actividades de servicios salen del Anexo V y pasan al Anexo III, lo que cambia la alícuota del 15,5% al 6% en el primer tramo. Es la palanca más accesible para quien presta servicios. Ver la calculadora de Fator R.
- ¿Vale la pena salir del Simples?
- A veces sí. Una empresa de servicios con nómina pequeña en el Anexo V, o cerca del techo de R$ 4,8 millones, puede pagar menos en el Lucro Presumido. Quien vende a otras empresas también debe considerar el crédito que traslada. Solo la simulación con tus números responde.
- ¿Con qué frecuencia hay que rehacerlo?
- Una vez al año, y siempre que cambie algo estructural: facturación que salta de tramo, una contratación relevante, una actividad nueva, la entrada en un mercado B2B. La reforma tributaria, con ventanas semestrales, aumenta la frecuencia de esta conversación.
- ¿Garantizan ahorro?
- No garantizamos un número, y desconfía de quien lo garantice. Lo que entregamos es el comparativo con la cuenta a la vista. En muchos casos el estudio confirma que el régimen actual ya es el mejor — y esa también es una respuesta útil, porque zanja la duda.
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Apertura de empresa (CNPJ)
Desde el encuadre tributario hasta la licencia municipal. Firmas digitalmente y recibes el CNPJ listo para facturar.
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